sábado, 5 de septiembre de 2015

Constitucionalismo latinoamericano

Con los auspicios de la Secretaría de Gobernación, Secretaría de Relaciones Exteriores, Archivo General de la Nación y Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), la semana pasada se realizó en la ciudad de México el seminario “Un Siglo de Constitucionalismo en América Latina: 1917-2007”, que anticipa la conmemoración del centenario de la Constitución Mexicana de 1917, pionera en América Latina en muchos aspectos y particularmente en el reconocimiento de amplios derechos sociales y laborales.

Juan J. Paz y Miño Cepeda / El Telégrafo (Ecuador)

Participaron constitucionalistas, sociólogos e historiadores de México, Alemania, Argentina, Brasil, Colombia, Chile, Costa Rica, Cuba, Ecuador, España, EE.UU., Guatemala, Panamá, Perú, República Dominicana, Uruguay y Venezuela, quienes presentaron ponencias relativas al constitucionalismo de cada país, con el objeto de analizar experiencias comunes y también diferentes.

En las exposiciones se procuró determinar el impacto que tuvo la Constitución de 1917. Ha quedado en claro que los derechos sociales y laborales se extienden por América Latina a partir de la segunda década del siglo XX; y se ha examinado la contradicción existente entre su proclama y el ejercicio efectivo de esos derechos, burlados o recortados con demasiada frecuencia.

En Ecuador, fue la Constitución de 1929, que concretó ideales de la Revolución Juliana (1925), la que por primera vez estableció derechos sociales y laborales, pues todas las Constituciones anteriores exclusivamente se concentraron en el desarrollo de los derechos individuales (civiles y políticos), incluyendo a la Constitución Liberal de 1906.

También se ha examinado el “neo-constitucionalismo” y la extensión de derechos hasta los de tipo  comunitario y colectivo, que se han generalizado en Latinoamérica. Además, se discutió sobre la forma en que se organizan las funciones o poderes del Estado, siempre dependiente de las luchas por el poder. Desde luego tienen especial impacto las Constituciones Bolivarianas, aprobadas en Bolivia, Ecuador y Venezuela, que presiden sus respectivos procesos políticos, capaces de provocar debates y polarizaciones.

En medio de tantos puntos examinados, otro de interés es el de los derechos para las poblaciones indígenas, que son una minoría en el conjunto latinoamericano.

En Bolivia y Ecuador se han proclamado Estados plurinacionales; pero en otros países ya se ha reconocido el dominio sobre tierras ancestrales, educación bilingüe, gobierno y administración comunitaria autónomos, justicia indígena, etc., en concordancia con declaraciones y principios aceptados por la OIT y las NN.UU.

Como ocurre en Ecuador, donde la población indígena apenas representa el 7% del total nacional, la discusión sensible está en torno a cuál es el sentido y alcances que dan a estos derechos aquellos sectores y líderes indígenas que defienden la autonomía comunitaria radical como una reivindicación “ancestral”, pero para justificar posiciones políticas desafiantes frente al Estado y sus autoridades, y tratando de imponer su visión al conjunto de la sociedad.

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