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sábado, 6 de abril de 2019

Ecuador: empresarios y “lucha de clases”

Hoy, la “lucha de clases” lanzada por los empresarios más oligárquicos está a la orden del día y los trabajadores se hallan en condiciones adversas si se las compara con lo que ocurrió en la década pasada.

Juan J. Paz y Miño Cepeda / Historia y Presente Blog

En Ecuador contamos con una larga historia sobre los trabajadores y la legislación laboral. Jornadas extenuantes y salarios miserables fueron las características usuales de las relaciones laborales hasta bien entrado el siglo XX, porque la jornada de 8 horas diarias recién fue introducida en 1916 -aunque sistemáticamente fue incumplida-, y el salario mínimo quedó en manos de la negociación entre patronos y trabajadores.

El gobierno de Isidro Ayora, nacido de la Revolución Juliana, fue pionero e innovador de la legislación laboral con la expedición de varias leyes: en 1927, Ley de Prevención de Accidentes de Trabajo; en 1928, Ley sobre Contrato Individual de Trabajo; Ley de Desahucio del Trabajo; Ley de Duración Máxima de la Jornada de Trabajo y de Descanso Semanal (8 horas diarias y 48 semanales); Ley de Jubilación, Montepío Civil, Ahorro y Cooperativa; Ley de Jubilación Obligatoria para los Empleados de Banco; Ley sobre Responsabilidad por Accidentes del Trabajo; Ley de Procedimiento para las Acciones Provenientes del Trabajo; Ley sobre el Trabajo de Mujeres y Menores y de Protección a la Maternidad; y el Estatuto de la Caja de Pensiones.

La Constitución de 1929 consagró, por primera vez, el principio pro-operario (las leyes y la administración se inclinan a favor de los trabajadores, por ser el sector más débil frente al capital) y reconoció los derechos fundamentales para los trabajadores, que quedaron ampliados, especificados y pormenorizados en el Código del Trabajo de 1938, que, sin embargo, mantuvo a los trabajadores rurales bajo las normas del “concertaje”, sujeto al Código Civil.

La legislación laboral, siempre acusada de “comunista”, ha avanzado lentamente desde aquellos años. Y el país está lejos de alcanzar beneficios laborales y sociales más amplios como los que tienen los países europeos (particularmente los nórdicos), Canadá e incluso Uruguay y Bolivia.

Durante las décadas finales del siglo XX, conforme avanzó el modelo empresarial de desarrollo inspirado en la ideología neoliberal, tanto el principio pro-operario como los derechos laborales fueron seriamente afectados. Las cámaras de la producción, convertidas en agentes determinantes de las políticas económicas y sociales del Estado, clamaban por una serie de reformas: suprimir el reparto de utilidades, así como los pagos por horas extras y, desde luego, las indemnizaciones por despidos; aumentar la jornada hasta 44 o 48 horas semanales y más de las 8 diarias; introducir el trabajo por horas y el tercerizado; congelar o restringir alzas salariales y unificar salarios; sujetar el salario a la productividad o eficiencia de los trabajadores; debilitar el sindicalismo, restringir la huelga y los contratos colectivos; sujetar el contrato individual y el salario a la voluntad de las partes; acabar con la jubilación patronal y privatizar la seguridad social. Aunque solo faltaba revivir la esclavitud, consiguieron varias de sus iniciativas, pero no lograron todas.

Durante el gobierno de Rafael Correa (2007-2017) las galopantes propuestas empresariales por la flexibilidad laboral quedaron frenadas, no solo porque la Constitución de 2008 brindó protección a los trabajadores, sino porque el Estado no estuvo determinado por los intereses de las cámaras, ni guiado por el neoliberalismo. A pesar de la confrontación presidencial con una serie de organizaciones sociales y dirigentes laborales e incluso pese a que Correa introdujo varias normas flexibilizadoras de derechos laborales, no es cierto que “acabó” con los movimientos sociales y peor aún con las organizaciones de los trabajadores. La investigación histórica, los datos estadísticos y varios estudios académicos niegan esa opinión originada en simples posicionamientos políticos y reacciones particulares.

El alto empresariado siempre consideró al “correísmo” como un enemigo de clase, de modo que, con el gobierno de Lenín Moreno, ha tenido la oportunidad tanto de apuntalar la descorreización, como de retomar sus viejas ideas de flexibilización del trabajo. Hoy incluso cuenta con el marco favorable que le brinda el reciente acuerdo con el FMI (aboga por la flexibilidad laboral, el retiro del Estado y la reducción de impuestos directos), y se lanza con nuevas ideas, como la de cumplir la jornada de 40 horas semanales en tres días y medio o prolongarla hasta los sábados, o no pagar por horas extras dentro de las jornadas prolongadas, y otros disparates de igual calibre.

A aquellos empresarios que todavía mantienen ideas oligárquicas del pasado, exclusivamente les mueve el afán de ganancia y calculan sus rentabilidades sobre la base de reducir los costos variables de producción (salarios y remuneraciones). En consecuencia, interpretan la legislación laboral como atentado a sus rentabilidades, sin considerar, para nada, su responsabilidad en el mejoramiento de las condiciones de vida y de trabajo de la población. Dicen que al flexibilizar las relaciones laborales, el país tendrá la oportunidad de incorporar a más trabajadores, considerando que un 60% de la población activa no tiene empleo remunerado, algo que históricamente no ha ocurrido, pues la ineficiencia y el conservadorismo social de esos empresarios pretende incrementar el empleo a costa de derrumbar derechos laborales, con lo cual también los nuevos empleados verán disminuidas sus garantías.

Hoy, la “lucha de clases” lanzada por los empresarios más oligárquicos está a la orden del día y los trabajadores se hallan en condiciones adversas si se las compara con lo que ocurrió en la década pasada.

En consecuencia, también las organizaciones de los trabajadores deben incorporar en sus reivindicaciones, nuevas propuestas para enfrentar la arremetida del capitalismo más salvaje. Entre ellas bien puede considerarse algunas: demandas fiscales por “infracción penal” a los empresarios que no afilian sus trabajadores al IESS (se aprobó en la pregunta 10 del plebiscito constitucional de 2011); demanda por estafa al Estado y arbitrario uso de fondos públicos (peculado) contra los empresarios que, habiendo descontado pensiones para el IESS a sus trabajadores, no han pagado a la institución (hay más de 1.000 millones de deuda privada al IESS); escalonamiento en el sistema de reparto de utilidades en proporción a las empresas, con incremento sustancial de ese reparto para las empresas más grandes; obligatoria inversión social de grandes utilidades; cumplimiento de la seguridad social universal (establecida por la Constitución), que debe financiarse con más impuestos directos a las capas ricas; salario básico universal financiado con iguales impuestos; incremento del pago por horas extras y suplementarias; aumento de indemnizaciones por despido intempestivo; cobro compulsivo de los impuestos adeudados por los 215 grupos económicos, que según estadísticas del SRI ascienden a 4.700 millones de dólares, más 2.100 millones en facturas falsas y unos 30.000 millones en paraísos fiscales.

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