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sábado, 2 de noviembre de 2013

Entre la sangre y el tiempo… el tiempo. La Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual en la Argentina

El tiempo y la lucha pusieron en evidencia la carencia de argumentos del grupo Clarín para impugnar por inconstitucional la norma legal que regirá los destinos de los servicios audiovisuales de aquí en adelante.

Martín Omar Aveiro y  Gonzalo Scivoletto[1]  / Especial para Con Nuestra América
Desde Mendoza, Argentina

Juan Domingo Perón había elegido el tiempo a la sangre cuando, después del bombardeo a Plaza de Mayo y del golpe de Estado cívico-militar de 1955, tuvo que marchar al exilio para solo regresar al país 18 años más tarde. Él decía que los ingredientes de una revolución son siempre dos: la sangre y el tiempo, pero que se inclinaba por el segundo. Sin embargo, los hechos se precipitaron en su tercera Presidencia y su muerte repentina en 1974 resolvió las tensiones en una violencia institucional que no cesó e, incluso, se profundizó con la llegada de una nueva y sangrienta dictadura avalada, entre otros, por los grandes grupos financieros, entre los cuales figuraban los dueños de los medios de comunicación. Así, por ejemplo, informaba de la situación el diario Clarín:


Es más, se llegó a imponer ilegítimamente una Ley de Radiodifusión, en 1980, cuyo Directorio estaba representado, según su Art. 96°, por los siguientes organismos: Comandos en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea [sic], Secretaría de Información Pública, Secretaría de Estado de Comunicaciones y Asociaciones de Licenciatarios, uno (1) correspondiente a la radio y el otro a la televisión; y, como órgano asesor del Directorio, actuaba una Comisión compuesta por miembros de todos los Ministerios del Gobierno Nacional y de la Secretaría de Inteligencia del Estado [sic]. Aquella norma con el N° 22.285 había sido firmada por: Jorge Rafael Videla, Albano E. Harguindeguy, Jorge A. Fraga, José Alfredo Martínez de Hoz, Carlos W. Pastor, Juan R. Llerena Amadeo y David R. H. de la Riva.

No obstante, el tiempo, la lucha[2] y los errores de los torpes militares nos devolvieron la democracia de la cual se cumplen esta semana, exactamente, 30 años. Así pues, fue el presidente electo Raúl Ricardo Alfonsín quien heredó esta disputa frente al poderoso aparato mediático que se había montado en la Argentina, y decía en aquel momento:

Yo no le voy a pedir a los medios de difusión que varíen su prédica. Soy respetuoso de la libertad de prensa. Pero, ustedes, tienen un ejemplo hoy en los diarios de hoy. Yo les pido que lean el Clarín que se especializa en titular de manera definida, como si realmente quisiera hacerle caer la fe y la esperanza al pueblo argentino[3].

De esta manera, al boicot económico nacional e internacional, la inestabilidad institucional y la oposición mediática, le siguió la entrega anticipada del mando, el 8 de julio de 1989, a Carlos Saúl Menem.

Enseguida comenzó el desguace del Estado, la entrada plena al sistema neoliberal y la servidumbre al Fondo Monetario Internacional. Y es en este marco que una serie de Decretos y la creación de la Comisión Nacional de Comunicaciones por el Gobierno Nacional reafirmó, legitimó y reforzó la concentración de los grandes holdings de comunicación ya que, desde entonces, los propietarios de medios gráficos podían serlo, a su vez, de cadenas televisivas y radiales. De esta manera, el mapa comunicacional quedó configurado del siguiente modo:

        
Esta situación de concentración y monopolio mediático vino aparejada a la precarización laboral y, por ende, a la mayor dependencia de los trabajadores de radio y televisión. Algunos periodistas fueron cómplices y funcionales al nuevo esquema mediático: algunos por equivocación, otros por coerción y, finalmente, los peores por convicción. En cambio, hubo quienes resistieron, persistieron y generaron alternativas comunicacionales junto a las organizaciones de la población que enfrentaba el crecimiento en los índices de pobreza, desempleo y vulnerabilidad de los derechos sociales.

Otra vez el tiempo y la lucha lograron poner en crisis la continuidad del modelo que expresaba Fernando de la Rúa, no sin costosos derramamientos de sangre en el estallido popular del 19 y 20 de diciembre de 2001.

Desde entonces una serie de foros, asambleas y encuentros de formación en sindicatos, organizaciones sociales, institutos y universidades fueron dándole forma a un proyecto nacional de servicios de comunicación audiovisual. Proyecto que, por primera vez, llegó al Parlamento para ser debatido. De ahí que, casi tres décadas después de la Ley de Radiodifusión de la dictadura cívico-militar, se plasmaba una alternativa comunicacional ampliamente discutida por todos los sectores en democracia. De manera que el 10 de octubre de 2009 se puso en vigencia con el N° 26.522 la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que tiene como objeto la regulación y la desconcentración para lograr el abaratamiento, la democratización y la universalización de la información y la comunicación[4]. Para ello, era imprescindible la limitación de licencias para resguardar los principios de diversidad, pluralidad y respeto de las realidades locales (pues la gran mayoría de contenidos eran impuestos desde Buenos Aires al resto del país). Cuestión que generó la irritabilidad del mayor concentrador de medios de comunicación en el territorio nacional que impulsó, manipulación de la justicia mediante, una medida cautelar que mantuvo en vilo a los argentinos hasta el martes pasado:


Una vez más, como en reiteradas situaciones de nuestra historia, el tiempo y la lucha pusieron en evidencia la carencia de argumentos del grupo Clarín para impugnar por inconstitucional la norma legal que regirá los destinos de los servicios audiovisuales de aquí en adelante. Así, el fallo de la Corte Suprema de Justicia, previa audiencia pública de las partes en conflicto y de 4 años de espera, no solamente declaró la constitucionalidad de la Ley sino que puso en discusión algo más profundo aún: los límites de lo privado y del bien público, de lo individual y de lo colectivo, del mercado y de las necesarias regulaciones del Estado[5]. Tema que estuvo presente en los constitucionalistas de 1949, cuyo texto decía en su Art. 38°: “La propiedad privada tiene una función social y, en consecuencia, estará sometida a las obligaciones que sostenga la ley con fines de bien común”[6]. Pues en la “Comunidad Organizada” que Perón proclamaba se pretendía una cierta armonía entre el individuo y la colectividad, un yo en un nosotros:

En esta fase de la evolución lo colectivo, el “nosotros”, está cegando en sus fuentes al individualismo egoísta. Es justo que tratemos de resolver si ha de acentuarse la vida de la comunidad sobre la materia solamente o si será prudente que impere la libertad del individuo solo, ciega para los intereses y las necesidades comunes, provista de una irrefrenable ambición, material también[7].

A propósito, aquella Constitución Nacional de 1949 fue derogada ilegalmente por decreto por la autodenominada Revolución Libertadora que derrocó a Perón. Por eso, tal vez, pasado más de medio siglo de aquel atropello, sea necesario rediscutir nuestra Carta Magna para incorporar los nuevos derechos sociales de la última década puesto que, con los gobiernos de Néstor Kirchner y de Cristina Fernández, el país más austral del planeta tomó decididamente el rumbo de la diversidad, de la pluralidad, de la emancipación. Y en relación a esto, las últimas elecciones muestran a las claras que más que una derrota del oficialismo, como han querido expresar los medios hegemónicos que a partir de ahora dejarán de serlo, Argentina ha crecido en democracia, en heterogeneidad de voces, en policromías y en participación política (por más que esto no lo reconozcan los que se han visto beneficiados con las transformaciones estructurales que nos han tocado en suerte vivir).

Para cerrar, el fallo de la Corte marca el rumbo del camino a transitar y, además, nos vuelve a reestablecer la esperanza en el tiempo. No en el tiempo inmóvil, lineal, progresivo, mecánico, sino en el tiempo de nuestro pueblo que crea y se recrea constantemente para construir una sociedad más justa, más soberana, más independiente.




NOTAS
[1] Ambos miembros de la agrupación de graduados de la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad Nacional de Cuyo: Roberto Vicente Carretero. La corrección de estilo fue realizada por María Luz Gómez de la misma agrupación.
[2] Un reconocimiento especial merecen aquí nuestras Madres y Abuelas de Plaza de Mayo.
[3] ALFONSÍN, Raúl R. (1987) El Presidente Raúl Alfonsín cuestiona a Clarín. Disponible en: http://www.youtube.com/watch?v=WeaFtCyUzN4
[4] La Ley completa puede ser consultada en el siguiente link: http://www1.hcdn.gov.ar/dependencias/dip/L%2026522.pdf
[5] El fallo completo de la Corte Suprema de Justicia Argentina puede consultarse en el siguiente link: http://cij.gov.ar/adj/pdfs/ADJ-0.277923001383056698.pdf
[6] Constitución Nacional Argentina de 1949.
[7] PERÓN, Juan Domingo (2007) La Comunidad Organizada, Buenos Aires, Quadrata, p. 54. Conferencia leía por Perón en el cierre del Primer Congreso Nacional de Filosofía, realizado en Mendoza en 1949.

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