Se trata de una reforma constitucional que incluye
algunas modificaciones cualitativas en materia de fundamentos y principios
económico-políticos del Estado, en términos de derechos humanos y garantías,
así como en lo concerniente a la organización estatal.
Arantxa Tirado / CELAG
Durante
la elección de Miguel Díaz-Canel como presidente del Consejo de Estado y de
Ministros de la República de Cuba en abril pasado, se anunció un proceso de
reforma constitucional que ha empezado a tomar forma en estos días. En las
sesiones que han tenido lugar entre el 20 y 22 de julio, en el marco del Primer
Periodo Ordinario de Sesiones de la IX Legislatura de la Asamblea Nacional del
Poder Popular (ANPP), se ha discutido el Anteproyecto de reforma de la
Constitución promulgada en 1976 pero modificada con posterioridad en 1978, 1992
y 2002.[1] Sin embargo, esta no es una reforma más de
la Constitución cubana sino que se trata –tal como lo advirtió uno de los
miembros de la Comisión de Reforma Constitucional, Homero Acosta– de formular
“una nueva Constitución con alcance superior”, no una mera reforma parcial de
la Constitución de 1976.
La
trascendencia de este proceso se acrecienta porque se da en un contexto
político inédito, tras el relevo de poder producido con la elección de
Díaz-Canel, el primer presidente cubano que no pertenece a la generación
histórica de origen guerrillero.[2] El nombramiento de Díaz-Canel escenificó la
sustitución de esta generación, que había ejercido las máximas funciones de
dirección política en la isla desde el triunfo de la Revolución en 1959, y que
estuvo personificada en las figuras de Fidel y Raúl Castro. Sin embargo, en la
práctica, la generación histórica todavía sigue manteniendo relevantes
posiciones de poder, tanto en la dirección política del Partido Comunista de
Cuba (PCC), del cual Raúl Castro continúa siendo el Primer Secretario, como en
el propio Consejo de Estado y de Ministros. También ha presidido el Grupo de
Trabajo conformado para elaborar el Anteproyecto de Reforma. La impronta de la
generación histórica puede verse en el modo en que se está llevando a cabo este
proceso de reforma constitucional, con un relativo hermetismo sobre las
intenciones del Estado o la finalidad de la reforma, más allá de las
declaraciones genéricas que defienden la actualización de la Carta Magna para
adaptarla a una realidad de la sociedad, la política y la economía cubana muy
distinta a la existente en 1976, y relativamente flexible ante eventuales
necesidades futuras.
Ciertamente,
se trata de una reforma constitucional que incluye algunas modificaciones cualitativas
en materia de fundamentos y principios económico-políticos del Estado, en
términos de derechos humanos y garantías, así como en lo concerniente a la
organización estatal. Aunque hay artículos denominados “pétreos”, que tienen
que ver con el sistema político-social y económico revolucionario, que no
variará en su esencia socialista, o con la dirección política del PCC, que
tampoco se sustituirá, sí se han establecido ciertos “ajustes” a estos
elementos y al texto en general, que pasará a tener también nuevos artículos y
títulos.
Algunos de
los cambios que han generado mayor revuelo son los relativos a los derechos de
propiedad; la modificación del artículo 5 sustituyendo los “altos fines de la
construcción del socialismo y el avance hacia la sociedad comunista” por “la
construcción de la sociedad socialista”, suprimiendo la alusión al avance hacia
el comunismo en la propuesta de nueva Constitución; y lo relativo a la
ampliación de libertades y derechos, que incluye la posibilidad de reconocimiento
a futuro del matrimonio igualitario entre personas del mismo sexo o la
incorporación a la Constitución del “habeas corpus”, entre otra variedad amplia
de derechos. Cada uno de estos puntos ha sido debatido no sólo en términos
jurídicos sino también políticos, argumentando la razón de su inserción o
exclusión ante las dudas o cuestionamientos de algunos diputados y diputadas en
las comisiones. Los debates, que han sido retransmitidos en línea desde
distintas plataformas virtuales, dan cuenta de los distintos enfoques y de un
debate plural que seguirá en los próximos meses, pues después de la aprobación
del Anteproyecto de manera unánime por parte de la ANPP, el Anteproyecto toma
forma de Proyecto de Constitución que debe ser sometido a consulta popular desde
el 13 de agosto del presente año hasta el 15 de noviembre. Posteriormente,
pasará de nuevo a la ANPP que deberá incluir las propuestas realizadas por el
pueblo cubano y darle una “segunda lectura”. Tras este proceso, está prevista
su votación en referéndum, por lo cual Acosta afirmó que “estamos convirtiendo
a todo el pueblo en constituyente”.
El
comentario de Acosta tiene relación con el cuestionamiento proveniente de
ciertas voces sobre la idoneidad o no de proceder a una reforma constitucional
sin la convocatoria de una Asamblea Constituyente.[3] Si bien la posibilidad de que la ANPP ejerza
la función de constituyente se encuentra recogida en el artículo 137 de la
Constitución de 1976, que otorga atribuciones constituyentes a la ANPP, la
interpretación del artículo no es unánime y hay quienes echan en falta la
convocatoria ex profeso de una Asamblea Constituyente tal y como se ha hecho en otras experiencias
del reciente constitucionalismo latinoamericano (en especial de los casos
venezolano, boliviano y ecuatoriano, de los cuales los constituyentes cubanos
se declaran inspirados, además de por otros constitucionalismos africanos y
asiáticos).
Aunque
el texto del Anteproyecto, ya Proyecto de Reforma, no ha sido publicado aún,
mientras se escriben estas líneas, se puede deducir –a partir de los debates–
una serie de transformaciones que sin duda tendrán un impacto significativo en
el ordenamiento jurídico y político cubano. Para comenzar, Cuba pasará a ser un
“Estado socialista de derecho”, un concepto novedoso en el constitucionalismo
cubano y ausente en las experiencias del socialismo real. La propiedad
socialista de todo el pueblo seguirá siendo el núcleo del sistema económico y
político pero se dará rango constitucional al reconocimiento de la propiedad
privada ya existente en el país. Lo mismo sucederá con la inversión extranjera.
El modo en que se regularán estos dos elementos, así como otros temas
colaterales como la concentración de la propiedad y el reparto de la riqueza,
el trabajo por cuenta ajena, etc., quedará para desarrollos normativos
posteriores pues la Constitución se concibe como una norma de mínimos. Por otra
parte, es de destacar la ampliación de derechos que postula el Proyecto como,
por ejemplo, sustituir la “libertad de palabra y prensa conforme a los fines de
la sociedad socialista” por la fórmula más ambigua que garantiza la “libertad
de reunión, manifestación y asociación con fines lícitos”. Se prevé, asimismo,
la limitación de mandatos y un tope de edad de 60 años para llegar a ejercer el
cargo de Presidente de la República. Estos ejemplos son sólo algunos de los
múltiples cambios que recoge el Proyecto de Reforma Constitucional y que, en
algunos casos, marcan modificaciones simbólicas, pero, en otros, se trata de
modificaciones de gran calado político.
En qué
medida estas modificaciones simbólicas y sustanciales son una concesión de los
principios socialistas que puedan derivar en un escenario post-revolucionario
o, por el contrario, son una mera adaptación léxica a las transformaciones que
ya se vienen produciendo en la sociedad cubana desde hace varios lustros pero
están encaminadas a preservar la vigencia de la Revolución, es una disyuntiva
sujeta a debate. En cualquier caso, convendría no olvidar que se trata de un
debate abierto que se da también en el seno de la sociedad cubana. En ella
existen opiniones e intereses diversos, muy lejos de la imagen de “dictadura
monocorde de pensamiento único” que los medios de comunicación hegemónicos han
querido siempre transmitir de la Revolución Cubana. Por el momento, es el
pueblo cubano el que tiene ahora la palabra para hacer propuestas, alegaciones
o modificaciones al Proyecto de Reforma. Y, por si hubiera dudas sobre si la
reforma constitucional es una ruptura con la Revolución, lo hará a partir de
una fecha emblemática, el 13 de agosto, aniversario del nacimiento del
Comandante en Jefe de la Revolución, Fidel Castro.
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