Las
denuncias sobre el desvío, el robo y la contaminación de ríos, lagunas y lagos
a manos de las principales empresas agrícolas, agroindustriales, industriales,
mineras, petroleras, hidroeléctricas y de servicios que dominan el actual
modelo de acumulación de capital de Guatemala han sido objetivas, contundentes
e innegables.
Mario Sosa / Especial para Con Nuestra América
Desde
Ciudad de Guatemala
Ante la
imposibilidad de defensa, las empresas señaladas y otras que hacen del agua un
negocio están dirigiendo su estrategia a la defensa de sus intereses. En
específico, una de sus principales acciones está orientada a la aprobación de
una ley de aguas que defina este recurso como un bien objeto de transacción, es
decir, como una mercancía. De esta manera podrán continuar apropiándose de ella
y contaminándola sin mayores costos financieros.
Si las
empresas logran su propósito, una ley formulada y aprobada según sus intereses,
se legalizará el otorgamiento de licencias y concesiones para el control, la
propiedad, el uso, la distribución y la venta de agua de forma natural o
modificada (contaminada con químicos, como sucede con las aguas minerales o
gaseosas, por ejemplo).
Con la
conformación, los intereses y la cultura política que predominan actualmente en
el Congreso de la República, lo más probable es que logren sus propósitos, ya
que pueden alcanzar el voto favorable de la mayoría de bancadas y de diputados.
Lo previsible es que la propuesta del Colectivo Agua, Vida y Territorios,
presentada por tres bancadas minoritarias como iniciativa 50-70, en la cual
participaron representaciones sociales de distinta procedencia, simplemente sea
desechada para su discusión.
Con una ley
a su favor se abriría la posibilidad de que, por una cantidad de dinero —la
menor posible—, los empresarios aseguren la rentabilidad de sus negocios al
garantizarse el desvío y el uso privados y privativos de aguas de ríos y
subterráneas, por ejemplo, así como a través de la venta del servicio de agua y
de aguas procesadas a los precios que impongan.
Esto
impediría acceder a este vital líquido a miles de comunidades rurales que
dependen del agua procedente de ríos, lagunas y lagos. Implicaría la
adquisición del vital líquido a precios exorbitantes, especialmente en
regiones, municipios, comunidades y colonias cuyas poblaciones se han visto
obligadas a comprarlo. Implicaría, además, validar las múltiples formas en las
cuales se contaminan las distintas fuentes de agua, con los consabidos daños a
los ecosistemas. Todo esto, ante un Estado y su institucionalidad gubernamental
centralizada o descentralizada en los gobiernos municipales, que han
privilegiado el interés del capital (eufemísticamente llamado empresarial)
antes que garantizar el derecho humano al agua y su saneamiento, con su
provisión sana, suficiente y permanente a todos los ciudadanos guatemaltecos.
Si se
aprueba una ley a favor de los intereses empresariales y contra nuestro derecho
humano al agua, se estaría violando la misma Constitución Política, que en sus
artículos 127 y 128 establece que las aguas son bienes de dominio público
(común), inalienables e imprescriptibles.
En este
sentido, nuestras acciones deben dirigirse, en primer lugar, a lograr que las
comunidades, los pueblos, las organizaciones, las instituciones y la ciudadanía
en general asumamos el agua como un derecho humano inalienable, que no debe
considerarse como mercancía bajo ninguna circunstancia o justificación. Por lo
tanto, la aprobación de cualquier normativa y el control de la política pública
en la materia no pueden supeditarse o quedar en manos de intereses privados,
pues estos son antagónicos al interés común.
En esta
misma dirección, también es necesario considerar, entre otros asuntos, que el
agua es vital para la reproducción de los ciclos biológicos y las relaciones
sistémicas entre especies animales y vegetales, soporte de la vida en general y
de la vida del ser humano en particular.
Esta
dirección de nuestras acciones inmediatas es fundamental y una garantía de que,
de aprobarse una ley al respecto, se privilegien el derecho humano y el de la
Madre Tierra al agua, al tiempo que se establezcan políticas para su
descontaminación y se penalice su contaminación, su uso indebido y su robo a
través de los diversos mecanismos y recursos por medio de los cuales esto ha
venido ocurriendo. Y para finalizar, dichas acciones deben impedir cualquier
forma de privatización y mercantilización del agua, aun cuando algunas de sus
fuentes se encuentren en tierras privadas.
El dilema
está claro: se instituye el agua como un derecho humano o como una mercancía.
Se trata,
pues, de combatir la privatización, el robo y la contaminación del agua,
especialmente la política pública ambiental, en tanto tolera, facilita y
protege tales prácticas e intereses del capital. Se requiere, al mismo tiempo,
combatir las posiciones medias tintas en
la materia, y aún más la intención de aprobar una ley de aguas que permita la
privatización y el uso mercantil del vital líquido. En síntesis, hay que evitar
que se siga enajenando nuestro derecho humano al agua.
1 comentario:
Los poderes económicos históricos han estructurado su modelo de acumulación económica, al amparo del agua (toda la agroecportación latifundista y la explotación de mano de obra esclava y semiescalva)... El poder económico emergente (o las nuevas formas) de explotación de la naturaleza y de la mano de obra, requieren también de grandes cantidades de agua... el VITAL líquido... En un país productor de agua (como Guatemala) ésta la mercancía clave para el kapital... No solo hay que evitar que se privatice el agua... Hay que desprivatizar el agua... romper con lo que llaman "los derechos adquiridos" que pretenden justificar el uso y abuso del agua. Hacer valer los mandatos constitucionales en materia del agua y ya!!! O estarán pensando declarar que la constitución de la república es subsersiva del orden constitucional
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